Decreto 1174: Todos en el piso

Este decreto constituye un paso más en la cadena de rebajas salariales iniciada por la Ley 50 de 1990, con César Gaviria, y que continuó con la 789 de 2002, con Álvaro Uribe.

*Publicado originalmente en Revista Semana.

El 30 de abril de 2019, el Senado hundió cuatro artículos del Plan Nacional de Desarrollo, entre ellos, el 193, que ordenaba el piso de protección social. Al día siguiente, una jugadita de Macías como presidente, y a instancias de la ministra de Trabajo, Alicia Arango, reabrió la discusión y, con mayorías aceitadas, celebró el Primero de Mayo a los trabajadores con ese obsequio. El Gobierno le dio curso mediante el Decreto 1174/020, que rige desde el primero de febrero de 2021.

¿En qué consiste? Para responder hay que recurrir al derecho laboral y a las matemáticas. Abogados laboralistas explican que para quienes tienen contrato por periodos inferiores a 30 días, y cuya remuneración-mes sea inferior a un salario mínimo mensual legal vigente, el Decreto 1072/015 (Sección 4) fijaba el esquema para vincularlos a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar (S. Galeano).

La fórmula prescrita se entiende con un ejemplo: si un ingeniero de sistemas, de los que aludía Alicia Arango, va dos horas semanales a una empresa y gana 75.000 pesos por hora, devenga 600.000 al mes. Por concepto de seguridad social (pensiones y riesgos) y compensación familiar, la compañía, a tenor del 1072, debe pagar este año 41.084 pesos por cada semana de asistencia, es decir, 164.336 pesos mensuales. Para estas personas con “dedicación parcial a un trabajo u oficio o actividad económica” y con menos de un salario mínimo mensual, el 1174 dispuso ya no pagar dicha suma, sino solo el 15 por ciento del pago-mes. En el caso del ingeniero, serían 90.000 (15 por ciento de 600.000), de los cuales un 14 por ciento va para el sistema de beneficios económicos periódicos (Beps) y un 1 por ciento para un fondo de riesgo, pues se obliga a estar en el régimen subsidiado de salud. El empleador se guardará, en consecuencia, 74.336 pesos mensuales.

Algunos celebran este ahorro en aras de la “competitividad” en la globalización –objeto central del neoliberalismo dominante–, sin reparar que el beneficio al capital corre por cuenta del trabajador, que le traslada ingresos laborales como el subsidio familiar, quedando excluido del régimen pensional formal de prima media o de ahorro individual, o por la instauración del part time como en Estados Unidos, donde los empleos se demandan por tarea con secuelas develadas por Stiglitz como: contratos en ocupaciones separadas, jornadas partidas y agotadoras, desplazamientos y cambios de horarios y trabas a la organización sindical.

El tiempo necesario, que según la economía política es el requerido para conseguir la subsistencia, se vuelve todavía más pesado y extenso, y con el 1174 constituye un paso más en la cadena de rebajas salariales iniciada por la Ley 50/1990 con César Gaviria, y luego con la 789/2002, con Uribe. En tres décadas, contando salarios y compensaciones, la participación del trabajo en el ingreso nacional ha caído del 48 por ciento a apenas el 35 por ciento (Banco República-Dane). El 13 por ciento perdido se traspasó a las ganancias corporativas, a las rentas financieras y al Estado por vía de impuestos indirectos, y los resultados son: el 48 por ciento de los ocupados –9,5 millones de personas– gana menos del mínimo (Dane), una informalidad del 50 por ciento y el más alto desempleo de Suramérica, antes y después de la pandemia.

Frente a ese infierno laboral, que se trata de tapar con la falsa formalidad de “todos en el piso”, y con la drástica merma en el estándar de protección social que trae el 1174, hay conceptos encontrados entre la Ocde (2019), que recomienda estos inicuos regímenes, en particular para las mujeres, y la OIT, que rechaza tales “sistemas de ahorro voluntarios basados en cuentas individuales como mecanismos eficaces y capaces de garantizar, de manera suficiente y previsible, una seguridad básica”, por estar en contra de su Recomendación 202 y el Convenio 102 de seguridad social (I. Jaramillo).

Hay quienes exigen más. Ortodoxos neoliberales y un voraz sector de la patronal, al que le habla la vicepresidenta-candidata Marta Lucía Ramírez, piden más reformas laborales y pensionales fuera del 1174 y niegan la vergonzosa desigualdad imperante, cuya más notoria expresión en los últimos tiempos es el alza del salario mínimo en porcentajes inferiores al crecimiento anual del ingreso por habitante. El 1174 cae como anillo al dedo para enganchar a la barata al millón y medio de venezolanos “regularizados”, pero no se limitará a la mano de obra no calificada, y vendrán oleadas al finalizar contratos a término fijo que abarcarán, entre varios, a profesionales, obreros especializados, docentes de cátedra, dependientes de comercio, guardas de vigilancia y servicios domésticos. Duque prometió que no acudiría “por decreto a tratar de reducir la pobreza”, y tuvo razón: con el 1174 la acrecentará con mayor inequidad, fruto de tan mínima y vil versión del piso social.

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